¡Hola, mis queridos correveidileanos!
Los últimos acontecimientos mundiales no nos dejan
llevar una vida tranquila ni sin sobresaltos. ¡Vaya! Así que para mi columna de
este mes he pensado traer algunas consideraciones sobre un tema que genera en
la actualidad mucha discusión y ya sigue en pauta hace algunos años, desde el
inicio de la guerra en Siria, es decir, los refugiados.
Aunque “refugiado” no sea un
término nuevo, en la actualidad ha ganado mucho destaque, como no lo había
vuelto a tener desde la Segunda Guerra Mundial. Pero, ¡ojo! porque aunque sea
un concepto próximo al de “inmigrante” o “emigrante”, no puede
confundirse con ellos.
Por inmigrante se debe entender a todo
aquel que llega a un país para establecerse en él. Si nos referimos a esta
persona desde la perspectiva ya no de quien entra en un país, sino de quien
abandona el propio, estaremos hablando de emigrante.
En el español de América, se usa más “migrante”, como término general, que la
palabra anterior.
La
expresión refugio deriva del latín refugere,
formado por el prefijo del re – elemento
intensificador, junto con el verbo fugere,
huir, de modo que, cuando nació, la palabra tenía un sentido amplio, para
comprender tanto a aquel que huía por una causa lícita como ilícita. Desde un
punto de vista lingüístico, y con independencia de la definición precisa
establecida por la ciencia jurídica, un refugiado es aquel que se ve obligado a buscar
refugio fuera de su país como consecuencia de guerras, revoluciones o
persecuciones políticas.
Para una definición más
técnica y compleja sobre este término, os aconsejo un estudio más apurado desde
la perspectiva del Derecho Internacional Latinoamericano, en especial de las normas
de Derechos Humanos de la Declaración de Cartagena, así como de la Convención relativa
al Estatuto de los Refugiados.
Bueno, mis queridos lectores,
¡esta es solamente una pequeña introducción a un tema sobre el cual aún debatiremos
mucho en un futuro no muy lejano!
Como siempre, ¡Espero
haberos entretenido!
La
Duquesa
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